¿Qué ocurre si no puedo incluir todos los documentos por superar el límite de capacidad o por incompatibilidad de formatos de LexNET?

Diferenciaremos dos situaciones:

1. El documento principal supera la capacidad del sistema: 

Telemáticamente, en LexNET. Haremos el intento de incluir el documento principal y los anexos,  de acuerdo a lo descrito en el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre. Al superar la capacidad: 

  • La demanda no se numerará. 
  • LexNET generará un justificante de exceso de cabida con el índice del escrito.
  • No enviaremos nada por LexNET.

Presencialmente, en el órgano u oficina judicial o fiscal correspondiente, ese día o el día hábil inmediatamente posterior a la fecha del justificante de exceso de cabida emitido por LexNET debemos presentar el justificante de exceso de cabida, que incluirá el índice, así como toda la documentación en formato electrónico, indexada de acuerdo al justificante de exceso de cabida que ha generado LexNET.

2. Que podamos incluir el principal pero no todos los anexos (o los formatos de los anexos no sean compatibles con LexNET).

Telemáticamente, en LexNET. Haremos el intento de presentar toda la documentación (documento principal y anexos) de acuerdo al Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, numerados y con descripción.

  • Marcaremos la opción de escrito incompleto.
  • LexNET generará justificante de exceso de cabida, con el índice.

Presencialmente, en el órgano u oficina judicial o fiscal correspondiente, ese día o el día hábil inmediatamente posterior a la fecha del justificante de exceso de cabida emitido por LexNET debemos presentar el justificante de exceso de cabida y el de la presentación del escrito incompleto, así como los anexos en formato electrónico, indexados de acuerdo al justificante de exceso de cabida que me ha generado LexNET.